Trabajar borracho, drogado, y los límites de las libertades individuales
15 March 2017
El pasado 4 de marzo la Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo muy controversial que choca con el Código del Trabajo. Sin embargo, solo en estos últimos días comienza a ser noticia internacional y a confrontar a los ciudadanos y a los expertos. Según el fallo, ya no será posible despedir a un trabajador por estar bajo el efecto de las drogas o del alcohol.La propuesta comenzó un año atrás y fue iniciativa de la facultad de derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga. Esta puso en evidencia cómo tal prohibición contradecía dos artículos de la Constitución. El primero refiere a la igualdad de las personas ante la ley y la necesaria protección del Estado de las personas con necesidades especiales. El segundo establece la igualdad de oportunidades para todos los trabajadores.
Este fallo, sin embargo, presupone que el trabajador, aun drogado, o borracho, podrá cumplir con responsabilidad las labores para las cuales ha sido asignado. Y asimismo, prohíbe ciertos casos cuya ejecución requieren tener los sentidos más alertas. Así, no es lo mismo ser el experto de un matadero que un controlador aéreo, ni mucho menos ser mecánico automotriz que cirujano plástico.